viernes, 18 de agosto de 2017

Comunicado referido a licencias

Se recuerda a los Maestros Directores del departamento que cuando un docente solicita licencia para llevar a su hijo/a a consulta pediátrica u odontológica, la misma debe otorgarse al amparo del Art. 71 o Art. 70.13. La licencia al amparo de la Circ468/89 se concede cuando es necesario, según certificado médico, que el docente permanezca al cuidado de un familiar que transita una enfermedad.

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