viernes, 26 de marzo de 2010

INCLUSION DISCAPACITADOS

Compañeros les colgamos la Circular que regula la inclusión de discapacitados.


CONSEJO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

INSPECCION DEPARTAMENTAL DE SORIANO

EQUIPO PSICOSOCIAL

Mercedes, 1 de marzo de 2007. COMUNICADO Nº1

Señor Maestro/a Director/a:

Comunicamos a ustedes las siguientes puntualizaciones realizadas en Acuerdo Conjunto de Inspectores y Equipo Sicosocial respecto de las solicitudes de Inclusión realizadas padres de niño/as con diversas discapacidades.

Basados en lo establecido en la Constitución de la República, en la Ley Nº16.095 de Equiparación de Oportunidades Para Las Personas Discapacitadas y reglamentaciones estipuladas por el Consejo de Educación Primaria; esta Inspección elaboró las pautas a seguir frente a la solicitud de Inclusión de un niño/a en escuelas de Educación Común.

  • Según se establece en el Artículo Nº68 de la Constitución de la República “Todo padre o tutor tiene derecho a elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos, los maestros e instituciones que desee”;
  • En la Circular Nº987 del 17 de agosto de 1992, el Consejo de Educación Primaria realiza la interpretación y reglamenta lo establecido en el Artículo antes mencionado;
  • Posteriormente, en Circular Nº399 del 22 de marzo de 1999, el Consejo de Educación Primaria reafirma lo dicho en la Circular Nº5 de Inspección Técnica, de fecha 31/01/92, donde especifica que esa interpretación y reglamentación refiere al derecho de optar entre instituciones y docentes de Educación Pública o Privada;
  • Y teniendo en cuenta loo estipulado en la LeyNº16.095 en su Artículo Nº34 donde expresa que “Los discapacitados deberán integrarse con los no discapacitados en los cursos curriculares, desde la educación preescolar en adelante, siempre que esta integración les sea beneficiosa en todos los aspectos.
  • Si fuera necesario se les brindará enseñanza especial complementaria en su establecimiento de enseñanza común, con los apoyos y complementos aecuados. En aquellos casos en que el tipo de grado o de discapacidad lo requiera, la enseñanza se impartirá en centros educativos especiales, por maestros especializados en la materia.
  • Lois programas se adaptarán a la situación particular de los discapacitados.”

La Inspección Departamental de Soriano comunica las pautas que regirán a partir del presente año:

· El Maestro Director será quien recepcione la solicitud del niño/a a incluir. Se deberá explicar a los padres que se lo anotará en forma condicional y que debe´ra presentar a la brevedad toda la documentación, informes médicos y de técnicos tratantes donde se especifique la problemática y su evolución.

· Recabada dicha documentación será enviada a la Inspección Departamental. Allí será estudiada por la Inspectora de Educación Especial, Inspectora de Zona y el Equipo de Técnicos: Psicóloga, Asistente Social Familiar, Fisioterapeuta y Maestros Especializados en Discapacidad Intelectual, Ciegos y Sordos (según el caso). Se realizarán además entrevistas con os padres y evaluación del niño si corresponde.

· Evaluada la solicitud se palanteará qué escuela reúne las mejores condiciones para contener al niño a incluir. En est epunto se tratarán en forma particular los casos de inclusión en escuelas rurales.

· Se establecerán condiciones y modalidad de inclusión basadas en las reglamentaciones establecidas pro el Consejo de Educación Primaria; Circular Nº458 del 14 de abril del 2000 y Comunicado Nº95 del 1 de diciembre de 2004 como así también, las características generales que enmarcan un proceso de integración Educativa de Niños con N.E.E al Currículo Común, elaborado por la Inspección de Educación Especial, como así también, la implementación de otras modalidades de abordaje como pùeden ser: doble escolaridad, Maestro de Apoyo itinerante, asistnte personal, Maestro de Apoyo y seguimiento del Equipo tEcnico de esta Inspección.

· Se mantendrán reuniones con el cuerpo docente de la escuela elegida y dicha inclusión deberá formar parte del Proyecto de Centro.

· Definidas estas instancias se procederá a matricular al niño a incluir.

NIÑOS MATRICULADOS: Iniciado el año lectivo, apenas el Maestro de clase detecte casos de niños con severas dificultades de aprendizaje o alguna discapacidad (especialmente en el primer nivel), deberá dar conocimiento al Director quien tendrá la responsabilidad de informar al Inspector de Zona. Posteriormente, si se considera pertinente se concretarán acciones con el Equipo Técnico de la Inspección.

Saludan atentamente:

Heriberto Ghibaudi

Inspector Departametal

Inspectores de Zona

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